La Audiencia de Barcelona ha confirmado una sentencia que absolvía a la escritora gallega Carmen Formoso de los delitos de injurias y calumnias graves de los que la acusó la editorial Planeta por afirmar que el Premio Nobel de Literatura Camilo José Cela había plagiado una novela suya.
En la sentencia, la sección décima de la Audiencia de Barcelona desestima el recurso presentado por la editorial contra la decisión del juzgado penal número 2 de la capital catalana de absolver a Carmen Formoso y a su hijo y remite a Planeta a reclamar por la vía civil.
Tal como informáramos en nuestra edición 70, la escritora gallega y su hijo se querellaron en 1999 contra la editorial y el premio Nobel de Literatura, ya fallecido, Camilo José Cela, porque consideraban que en su obra La Cruz de San Andrés, ganadora del Premio Planeta en 1994, había plagiado la novela Carmen, Carmina, Carmiña, de Formoso.
La querella fue archivada por el juzgado meses después, como informamos en nuestra edición 74, tras lo que la editorial Planeta presentó una denuncia contra la escritora gallega y su hijo por los delitos continuados de injurias y calumnias graves con publicidad.
La Audiencia de Barcelona ha avalado los argumentos del juez de primera instancia, que arguyó que el daño moral provocado a Planeta fue “muy limitado”, dado que todos los lectores eran conscientes de que Formoso y su hijo “estaban enemistados” con los querellantes y expresaban “unas palabras impregnadas de la indignación que les producía lo que consideraban una apropiación indebida”.
Para el tribunal, las imputaciones de los denunciados podrían ser “carentes de justificación” y, por tanto, merecedoras de castigo penal sólo si se hubieran pronunciado posteriormente a la sentencia que archivó la querella por plagio.
La Audiencia no aprecia dolo directo en la conducta de los querellados dado que “estaban convencidos de que los amparaba la razón sobre el plagio”, por lo que mantiene que “el descrédito y desprestigio” que dichas opiniones hayan podido causar deben ser reclamadas ante la jurisdicción civil en acción por daños y prejuicios.
Fuente: EFE