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Sacven: reforma de la Constitución de Venezuela no afecta a creadores
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La Sociedad de Autores y Compositores de Venezuela (Sacven) convocó el pasado 17 de octubre a una rueda de prensa para exponer su postura ante la reforma del artículo 98 de la Constitución Nacional de Venezuela.

A raíz de la publicación de la propuesta de reforma al mencionado artículo, que hace referencia a la propiedad intelectual, el director general de Sacven, José Rafael Fariñas, dijo que la misma no afectará a los creadores venezolanos por cuanto “se mantiene en la propuesta el principio de que la creación cultural es libre, con lo cual se alienta la diversidad en la creación de obras de todo género, enriqueciendo de esta manera el acervo cultural del país”.

Tal libertad, según Fariñas, “está referida al acto de crear, y en ningún caso debe interpretarse como una libertad para llevar a cabo comunicaciones, reproducciones o distribución de obras sin la debida autorización de los autores o de las autoras, cuyos derechos se protegen constitucionalmente”.

El dirigente agregó que en la propuesta de reforma se incorpora un reconocimiento constitucional a la diversidad cultural, entendiendo por tal a la multiplicidad de formas en que se expresan las culturas de los grupos y sociedades, que se manifiesta a través de distintos modos de creación artística, producción, difusión, distribución y disfrute de las expresiones culturales, cualesquiera que sean los medios y tecnologías utilizados.

En estas condiciones, Venezuela se mantiene en total correspondencia con el texto de la Convención sobre la Protección y Promoción de la Diversidad de las Expresiones Culturales, aprobado por la Asamblea General de la Unesco en octubre de 2005, y por la Asamblea Nacional en enero del año en curso, según informó Fariñas.

El dirigente explicó también que en la reforma se hace mención expresa a los derechos del autor sobre sus obras, garantizándose la protección a sus derechos morales y patrimoniales tal como lo establece el artículo 27.2 de la Convención Universal de los Derechos Humanos, aprobada por la Asamblea General de las Naciones Unidas.

“Todo ello va en consonancia con lo que solicitan todos los gremios y organizaciones de autores y artistas, entre ellas Sacven, entidad con más de cincuenta años de fundada que tiene entre sus miembros a miles de autores de todos los géneros creativos”, agregó.

Fariñas le dio importancia igualmente al hecho de que la reforma recoge constitucionalmente la disposición 27.1 de la Declaración Universal de los Derechos Humanos, según la cual toda persona tiene derecho a tomar parte de la vida cultural de la comunidad, a gozar de las artes y a participar en el progreso científico y en los beneficios que de él resulten.

Respecto a esta incorporación, Sacven interpreta que la intención es reafirmar el derecho del ciudadano a participar de los beneficios de la cultura. “La cultura se hace con los creadores y con los artistas, pues es a través de ellos y sus múltiples modalidades de creaciones artísticas como se manifiesta la diversidad cultural, de manera que no debe ser entendida esta redacción como que el derecho de acceso a la cultura está en contradicción con el derecho de los autores, compositores, artistas, cualquiera sea su modalidad creativa o artística, sino más bien que son derechos que se complementan para hacer posible que haya canciones, pinturas, esculturas, libros, o películas a las cuales acceder y que disfrutar”.

Advirtió que la reorganización del párrafo que en la propuesta del artículo 98, que hace referencia a otros derechos intelectuales, se lograría de manera efectiva con una mención expresa dentro del capítulo de los derechos económicos, lo cual configuraría una sistematización más adecuada, dada la naturaleza de los derechos involucrados. “Esa intención de preservar otros derechos de propiedad intelectual, se manifiesta constitucionalmente cuando se mantiene inalterada la disposición prevista en el artículo 124, respecto a la propiedad intelectual colectiva de las comunidades indígenas”, explicó.

Fariñas fue enfático al indicar, dirigiéndose a los usuarios de obras correspondientes a autores y compositores venezolanos miembros de Sacven y de las doscientas diecinueve sociedades de autores del mundo con que la entidad mantiene relaciones de reciprocidad, que “no existe en la vigente Constitución de la República Bolivariana de Venezuela, ni en el proyecto de reforma que se propone, ninguna disposición —salvo las excepciones legales— que legitime o autorice a terceros para hacer uso libre del repertorio de obras de nuestros autores y compositores, sin la debida autorización”.

Fuente: Sacven