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Biblioteca Nacional de México
La Biblioteca Nacional de México es una de las instituciones en las que se deberá realizar el trámite.
Editores mexicanos deberán hacer depósito legal digitalizado
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La Cámara de Diputados de México aprobó el martes 25 de febrero un decreto que obliga a los editores a hacer el depósito legal digitalizado de sus publicaciones a la Biblioteca y la Hemeroteca nacionales de ese país, y el Sistema de Bibliotecas del Congreso de la Unión.

El decreto, que fue remitido al Senado de la República para su análisis, prevé garantizar más accesibilidad de la población a la lectura.

En el debate se señaló que México tiene 7.200 bibliotecas públicas, principalmente localizadas en zonas urbanas, para atender a una población de más de 100 millones de habitantes, lo que significa que hay una biblioteca por cada 15.900 mexicanos.

El dictamen se refiere a toda publicación que constituya una expresión literaria, educativa, científica, artística, informativa o técnica, cuyo fin sea la venta, el alquiler, o la simple distribución sin costo, contenida en soportes impresos o digitales.

“Se considera a estas publicaciones como parte integrante del patrimonio cultural de la nación y se asegura que su integración, custodia, preservación, registro y disposición para su consulta, en los términos del presente decreto, son de orden público e interés general”, establece el texto legal.

Además, subraya que todos los editores y productores de materiales bibliográficos y documentales están obligados a contribuir a la integración del patrimonio editorial de México.

Las bibliotecas depositarias podrán solicitar el depósito de publicaciones con valor crítico para el patrimonio cultural y editorial de la nación azteca. Sin embargo, aclara que no son objeto de depósito las reimpresiones de una obra depositada previamente y que no ha sufrido modificaciones.

La propuesta legislativa prevé que los editores y productores que no cumplan con esta obligación se harán acreedores a una multa equivalente a 10 veces el precio de venta al público de los materiales no entregados. Para las obras de distribución gratuita la multa será por una cantidad no menor de 10 ni mayor de 20 días de salario mínimo general vigente en el Distrito Federal.

No obstante, destaca que la aplicación de la sanción no excusa al infractor de cumplir con la entrega de los materiales.

El dictamen fue presentado el 21 de noviembre de 2013 por varios diputados.

Fuente: Notimex