
Con 75 votos (sobre una base de 79), la Cámara de Representantes de Uruguay aprobó el miércoles 18 de diciembre una ley que amplía a setenta años después de su muerte los derechos patrimoniales de los autores sobre sus obras, al igual que los derechos conexos.
Igualmente, los intérpretes y las discográficas o editoriales cobrarán regalías hasta los setenta años desde la primera edición. Con esta ley, los derechos ganan una extensión de veinte años, pues la normativa vigente prevé para ambos casos un tope de cincuenta años.
El proyecto también dispone la compensación retroactiva de aquellos familiares o intérpretes que dejaron de recibir regalías a los cincuenta años de la muerte del autor o de que saliera la primera edición.
Pablo Mieres, senador del Partido Independiente y creador del proyecto de ley, señaló que se trata de una cuestión de “justicia” y, entre otros motivos, puso sobre la mesa “la ampliación de la expectativa de vida” que se dio en los últimos años, que hace que el tope de cincuenta años previsto en las leyes vigentes deje de ser razonable.
Agregó que supone equilibrar la normativa uruguaya respecto a “las leyes internacionales”, y recordó que en países como Estados Unidos los derechos de propiedad intelectual se extienden por más de un siglo después de la muerte del artista.
El legislador además señaló que, teniendo en cuenta que en países tan cercanos como Argentina la protección se extiende a setenta años, los artistas e intérpretes uruguayos podrían verse tentados de registrar sus creaciones fuera de su país.
Fuente: El Observador
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