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Obligación de consignar ejemplares digitales en las bibliotecas pone en guardia a editores mexicanos

miércoles 7 de julio de 2021
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Biblioteca Vasconcelos
La Biblioteca Vasconcelos es una de las instituciones de México en las que se hará el depósito legal. Fotografía: Diego Delso

La Ley General de Bibliotecas (LGB), vigente en México desde su publicación en el Diario Oficial de la Federación el 1 de junio de este año, podría ser objeto de un recurso de amparo por parte del gremio de editores de ese país, según reportó el diario Excélsior el martes 6 de julio.

Compuesta por 44 artículos, la nueva ley establece en su apartado sobre el depósito legal que, dentro de sesenta días luego de publicarse una obra, el editor deberá entregar un paquete con dos ejemplares impresos y uno digital a las bibliotecas del Congreso de la Unión, de la Nacional de México (Unam) y la de México (que agrupa la Vasconcelos en Buenavista y la Ciudadela).

Los editores aspiran a ganar tiempo para encontrar un mecanismo distinto, pues aducen que las bibliotecas depositarias no cuentan con la seguridad para la protección y resguardo de estos ejemplares digitales, que estarán disponibles para su consulta en las tres sedes.

“La sensación generalizada es que no hay infraestructura ni tecnología para garantizar que esos libros no van a estar en riesgo y esa sería la médula del amparo, la falta de seguridad para archivos digitales”, expresó Tomás Granados, editor de Grano de Sal, en entrevista con el rotativo mexicano.

Según Granados la LGB es “la única expresión de interés en el mundo del libro, hasta ahora, de los órganos gubernamentales”, y saluda la idea de pagar impuestos con ejemplares, así como la conformación del sistema nacional de bibliotecas. Sin embargo manifiesta preocupación por el cambio de naturaleza del depósito legal, “porque se puede romper con gran facilidad la seguridad informática”, y por las sanciones que acarrea el incumplimiento, que considera elevadas.

Las mencionadas sanciones están establecidas en el artículo 43: “Los editores y productores del país que no cumplan con la obligación consignada en el artículo 39 de esta Ley, se harán acreedores a una multa equivalente a cincuenta veces el precio de venta al público de los materiales no entregados. La aplicación de la sanción no excusa al infractor de cumplir con la entrega de los materiales”.

Según Alejandro Zénker, director de Ediciones del Ermitaño, el viernes 2 de julio se produjo una reunión entre representantes del gobierno y editores de la Cámara Nacional de la Industria Editorial Mexicana (Caniem), el Centro Mexicano de Protección y Fomento de los Derechos de Autor (Cempro) y otros, a convocatoria de Eduardo Villegas Mejía, coordinador de Memoria Histórica y Cultural de México.

Zénker calificó la reunión de “cordial y propositiva”, aunque lamentó que el gobierno “pretende matizar la preocupación de los editores por la vía del reglamento”, que elabora la Dirección General de Bibliotecas de la Secretaría de Cultura de México, pues muchos editores consideran que no se puede cambiar por esa vía la disposición de la ley.

“Como interlocutores vemos bien la conversación y el diálogo de las entidades y creemos que podemos hacer mucho, pero también están quienes dicen que esto nos afecta de manera inmediata y tenemos que hacer algo para detener la ley en este momento”, afirmó Zénker. “Cada editor es libre de garantizar sus intereses; esa creo que va a ser la tónica y muchos se decantarán por la vía del amparo”.

Fuente: Excélsior
Letralia

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