El Ministerio de Cultura defiende no aplicar el canon de lectura en bibliotecas públicas, que obedece a
un mandato europeo contenido en la directiva 92/100/CEE de 19 de noviembre, según se supo por anuncio de
fuentes oficiales el pasado 25 de octubre.
El Estado español reguló esta materia en la vigente Ley de la Propiedad Intelectual, estableciendo una
serie de excepciones entre las que destaca el que todas las bibliotecas públicas y aquellas de uso público
dependientes de organizaciones sin ánimo de lucro estén exentas de dicho pago. La Comisión Europea viene
entendiendo que una excepción tan amplia desvirtúa el mandato de la directiva, por lo que urge a España y
a otros países comunitarios que aún no han implantado el canon.
España, por su parte, viene defendiendo que ha efectuado una correcta transposición de la directiva por
entender que la situación bibliotecaria de nuestro país arrastra un déficit importante respecto a otros
miembros de la UE que sí han implantado el canon, y por considerar que este gravamen frenaría las
políticas de desarrollo en marcha para equiparar el sistema bibliotecario español a la media europea.
La Comisión Europea podrá optar por demandar a España ante el Tribunal de Luxemburgo, o bien darse por
satisfecha con la postura española. En el primer supuesto, el Ministerio de Cultura mantendrá firme su
postura. Únicamente se introduciría el pago por préstamo bibliotecario, por mandato ineludible de la
justicia europea. En la segunda hipótesis, Cultura tiene la voluntad de buscar fórmulas que impidan que en
ningún caso repercuta en los usuarios de las bibliotecas, como ha manifestado reiteradamente la ministra
Carmen Calvo.